EL VIRUS SARS-CoV-.2 Y LA RESPUESTA DE LA SEP PARTE 2

EL VIRUS SARS-CoV-.2 Y LA RESPUESTA DE LA SEP PARTE 2

El 20 de Marzo de 2020 se publica en el DOF el segundo documento que emite la SEP para atender las consecuencias de la pandemia que azota al mundo.  Este documento, aunque no muestre una relación directa, origina una serie de acciones a desarrollar por la Secretaría para atender los plazos y términos relacionado con los trámites, es decir, establece un orden y sentido para realizar las gestiones que se encontraban atrasadas, que se hallaban para dictaminarse, o estuvieran por ingresar para su gestión.  Es en este sentido que cualquier organismo público o privado habría de establecer los términos en los que debería desarrollar sus actividades, pretendiendo en todo momento, afectar en menor grado posible a la población. 

Estos procesos y procedimientos administrativos que se llevan a cabo en la SEP y que habrán de aplazarse o suspenderse por causa de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente fundada y motivada por la autoridad competente tal y como lo exhibe el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, por lo que la Secretaria adopto medidas a fin de salvaguardar la seguridad jurídica de los usuarios relacionados con trámites ante la Secretaría, emitiendo el ACUERDO NÚMERO 03/03/20 POR EL QUE SE SUSPENDEN LOS PLAZOS Y TÉRMINOS RELACIONADOS CON LOS TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE SE LLEVAN A CABO ANTE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, del 23 de Marzo al 20 de Abril del 2020. 

SEP.

ACUERDO número 03/03/20 por el que se suspenden los plazos y términos relacionados con los trámites y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante la Secretaría de Educación Pública. Recuperado de: http://sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/19413/1/images/a03_03_20.pdf el día 16 de Julio de 2020.

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