MEDIDAS DE PREVENCIÓN PARA AMINORAR LA PROPAGACIÓN DEL VIRUS SARS-COV-2 EN LAS ESCUELAS EN MÉXICO

Primera parte: Disposiciones legales

Mitigar los efectos y consecuencias que emanan de la #pandemia, parece una labor abrumadora, cansada y repetida; durante este año y medio en el que se ha lidiado con esta #intranquilidad, la población ha adoptado diversas medidas para proteger la salud, acuerda actitudes entre los miembros de la familia, trabajo y amistades para desvanecer la propagación del virus, decide implementar acciones y cuidados que proveen de prevenciones para continuar sus labores dentro y fuera de los hogares, oficinas, comercios, fabricas, y espacios públicos, que parecen insuficientes para aminoran las secuelas emotivas que se sacudieron en la población. 

Desde el mes de 16 de Marzo de 2020, la SEP, la SFP, la SS, la SHCP y el Consejo de Salubridad General han emitido y publicado comunicados que apremian a salvaguardar la salud de la comunidad educativa en México, en los que destaca:

  • la suspensión de clases en las escuelas de educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica del Sistema Educativo Nacional, así como aquellas de los tipos medio superior y superior;
  • la suspensión de los plazos y términos relacionados con los trámites y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante la SEP;
  • la ampliación del periodo de suspensión de las clases en las escuelas de educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica del Sistema Educativo Nacional, así como aquellas de los tipos medio superior y superior dependientes de la SEP;
  • la ampliación del periodo de suspensión de los plazos y términos relacionados con los trámites y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante la SEP;
  • la selección de actividades que se consideraban como primordiales y no esenciales con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus;
  • los lineamientos en materia de Austeridad Republicana de la Administración Pública Federal para implementar que el trabajo del personal se pueda realizar a distancia;
  • las disposiciones para que los docentes en los niveles educativos de Educación Básica (preescolar, primaria y secundaria), Normal y demás para la formación de maestros de Educación Básica aplicables a toda la República y del tipo Medio Superior que la Secretaría de Educación Pública para evaluar el ciclo escolar 2019-2020 y cumplir con los planes y programas de estudio;
  • la instrumentación de estrategias electrónicas para establecer el intercambio de comunicación y cumplir con las actividades y operaciones entre entidades y dependencias de la Administración Pública Federal;
  • el cambio fechas, “modificación “ de procesos y gestiones en la planeación y conclusión de los ciclos escolares;
  • el establecimiento de orientaciones pedagógicas y criterios para la evaluación del aprendizaje;
  • el establecimiento de ciertas medidas preventivas en la situación de presentar los síntomas de la nombrada enfermedad.

Ahora bien, a finales del mes de Julio 2021 se emite el ACUERDO por el que se determinan los criterios para la administración de los recursos humanos en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal con el objeto de reducir el riesgo de contagio y dispersión del coronavirus SARS-CoV2, por lo que se distingue al recurso humano de la APF a:

  1. regresar a las labores presenciales y que hayan concluido el proceso de inmunización contra el COVID-19; a respetar las medidas sanitarias y de distanciamiento social emitidas por la Secretaría de Salud; y a aplicarse una prueba de detección de COVID-19;
  2. continuar con el trabajo a distancia “en aquellos casos en los que sea posible y no se altere el debido cumplimiento de sus funciones- a las personas servidoras públicas que están en lista de espera para concluir su proceso de inmunización; así como a aquellas con discapacidad, mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, y personas con enfermedades crónicas consideradas de riesgo por las autoridades de salud, tales como obesidad mórbida, diabetes mellitus, hipertensión arterial, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, asma, enfermedades cerebrovasculares, infección por VIH, enfermedad renal crónica, estados patológicos que requieren inmunosupresión, y cáncer en tratamiento”;
  3. el establecimiento de calendarios para realizar actividades presenciales y a distancia alternados en las unidades administrativas;
  4. el establecimiento de horarios escalonados entre el personal presencial;
  5. el uso de las tecnologías de la información y la comunicación para la realización de sesiones y reuniones de trabajo, acciones de capacitación y similares a efecto de minimizar el traslado, contacto y riesgo de contagio; y
  6. la procuración de las medidas de higiene, filtros de supervisión y sana distancia y utilizar los insumos para estas prácticas.

En este documento también se hace referencia a las y los servidores públicos de la APF, habrán de mantener el uso de los correos electrónicos institucionales para el intercambio de información, y para el trabajo a distancia se habrá de respetar el horario y jornada laboral con plena disponibilidad además de desempeñar sus funciones con el debido cuidado y esmero, atendiendo en tiempo y forma las instrucciones del superior jerárquico. También se mencionan dos documentos importantes que habrán de ser analizados y reflexionados durante las siguientes entregadas del blog, y que dan pie a diversas indicaciones que favorecen la socialización en los entornos laborales y a los espacios públicos cerrados. 

En este mes, Agosto 2021, se emitieron disposiciones para reanudar las actividades del ciclo 2021 – 2022 en el servicio público educativo de forma presencial, responsable y ordenada, y dar cumplimiento a los planes y programas de estudio de educación básica (preescolar, primaria y secundaria), normal y demás para la formación de maestros de educación básica aplicables a toda la República, al igual que aquellos planes y programas de estudio de los tipos medio superior y superior que la Secretaría de Educación Pública haya emitido, así como aquellos particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, en beneficio de las y los educandos; y otorgar la validez a los diversos anuncios y comunicados que el Ejecutivo y las autoridades educativas formularon desde sus ámbitos de competencia y en los medios de comunicación, que han polarizado las opiniones con respecto al regreso a clases presenciales, dando pie a especulaciones tanto de madres, padres o tutores familiares y al mismo personal que adscrito en los planteles públicos y privados.  Por una parte se reconoce la necesidad de continuar con los procesos educativos de manera presencial y dotar al alumnado de todas las garantías expresadas en la carta magna, otorgándole los beneficios que resulten de los procesos áulicos y no áulicos, al tiempo de mejorar su expectativa de vida a través de la adquisición de experiencias y competencias que le aportarán un mejor desempeño motriz, cognitivo, meta cognitivo y  conductual, y con las limitaciones que se harán notar al implementar las diversas medidas de seguridad en el distanciamiento social, la necesidad de cuidar al alumnado para cumplir con las medidas del uso del cubrebocas y el poco discutido tema del lento desarrollo o avance de los planes de estudio, de su progreso, disertación y valoración que se discutirá en otras entregas en este blog, y por otra la opción virtual que apela a la seguridad y al bienestar de la población estudiantil y docente.

Motivaciones para el regreso a clases presenciales:

  1. La incorporación de la nueva metodología del semáforo por regiones para evaluar el riesgo epidemiológico que representa el COVID-19, considerando a las personas inoculadas con el esquema de vacunación completo no son consideradas como vulnerables o de riesgo.
  2. El Ejecutivo, el Consejo de Salubridad General, la SS, los gobiernos estatales, son los responsables de emitir, dirigir, ordenar, sugerir, establecer y coordinar las acciones inherentes a la salubridad general, considerando entre estas, la prevención y el control de enfermedades transmisibles, de conformidad con la fracción XV del artículo 3o. de la citada Ley General.
  3. La continuidad en las actividades de preparación y respuesta ante la #epidemia, que fueron publicadas en el DOF el 23 de marzo de 2020, y con ello la implementación de medidas extraordinarias implementadas en el marco del artículo 184 de la referida Ley Genera y por la SS,  por lo que se  atribuye a la SEP la capacidad realizar acciones que correspondan para dar cumplimiento al servicio público educativo
  4. Establecer los principios centrales que se erigen en la Constitución Política y que facultan al estado con la rectoría de la educación, y se priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el acceso, permanencia y participación en los servicios educativos.
  5. Establecer que la educación es un proceso permanente centrado en el aprendizaje del alumnado para contribuir con el desarrollo humano integral y a la transformación de la sociedad; y determinante para la adquisición de conocimientos significativos y la formación integral para la vida de las personas
  6. Garantizar el derecho a la educación mediante el establecimiento de reglas específicas que brinden orientación a las Autoridades Escolares, a las Autoridades Educativas Locales, a la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, a las Autoridades Educativas Municipales.
  7. Responder con acciones definidas ante realidades distintas derivado de las diferencias existentes entre regiones. 
  8. Implementar medidas correspondientes para que con el debido cuidado, continúe el servicio público educativo de forma presencial, en el marco de lo que indiquen las Autoridades Sanitarias.
  9. Centrar el máximo logro del aprendizaje como el derecho a la educación, que sea factible y que contribuya a su desarrollo humano integral y a la transformación de la sociedad.
  10. Que fue utilizada la radio, la televisión, el internet y los libros de texto durante la puesta en marcha del programa “Aprende en casa”, continuando con el servicio educativo.
  11. Garantizar los aprendizajes mediante diversas estrategias de comunicación entre los docentes y el alumnado utilizando medios electrónicos como físicos durante la pandemia.
  12. Otorgar la capacitación a las y los docentes con el objeto de adaptarse a las condiciones que nos enfrentamos, así como se brindó apoyo Socioemocional (EDUCATEL).
  13. Brindar certeza jurídica y claridad para aquellos educandos de los esfuerzos que han realizado.
  14. Garantizar el máximo logro del aprendizaje en el estudiantado ofreciendo equidad, excelencia y mejora continua
  15. Garantizar que el personal que ofrece el servicio educativo se encuentra vacunado contra el virus SARSCOV-2.
  16. Las autoridades escolares han tomado determinaciones, acciones y estrategias para un regreso a clases de forma responsable y ordenada basados en la información presentada por el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud.
  17. La Secretaría de Salud ha señalado que la educación habrá de ser una actividad prioritaria y esencial, permitiendo regresar a las aulas aún en semáforo rojo.
  18. Establecer que el servicio público educativo es un derecho fundamental y para ello se requiere del apoyo de acciones que les permita al adquisición del conocimiento salvaguardando la integridad de las y los miembros del Sistema Educativo Nacional. 

 Por lo que se acordó:

  1. El regreso a clases presenciales de manera responsable y ordenada y dar cumplimiento a los programas y planes de estudio;
  2. Coordinar acciones para mitigar los efectos negativos de la pandemia en los aprendizajes como la aplicación de la valoración diagnóstica, la puesta en marcha de un periodo de recuperación, establecer un plan de atención al alumnado que lo requiera;
  3. Facilitar y flexibilizar el ingreso, permanencia, el tránsito y el egreso; así como atender y evitar el abandono escolar;
  4. Promover y coadyuvar la seguridad, salud e higiene para un regreso responsable con 9 acciones clave:
    1. Integrar y activar los Comités Participativos de Salud Escolar;
    2. Establecer filtros de salud en casa, a la entrada de la escuela y en el salón de clases;
    3. Lavar constantemente las manos con jabón y agua;
    4. Usar correctamente el cubrebocas;
    5. Mantener la sana distancia;
    6. Dar uso a los espacios abiertos;
    7. Suspender cualquier acto que convoque la aglomeración de personas;
    8. Comunicación constante con las autoridades educativas y de salud cuando exista sospecha o detección de algún caso con síntomas del COVID-19;
    9. Procurar la atención y apoyo socioemocional en la comunidad escolar
  5. Aplicar la “Guía para regreso responsable y ordenado a las escuelas”;
  6. Las Autoridades Educativas continuarán ofreciendo mediante la radio, televisión e internet;
  7. Para la Educación Básica el inicio de clases será el 30 de Agosto de 2021 y concluirá el 28 de Julio de 2022;
  8. Se formaliza la indicación a las madres, padres o tutores familiares a realizar los trámites de inscripción, pudiendo ser en línea o presencial, aunque decidan no optar por la educación presencial;
  9. Organizar una fase intensiva del Consejo Técnico Escolar (CTE) del 23 al 27 de Agosto, para organizar las medidas de salud, limpieza e higiene para ofrecer un regreso responsable y ordenado, y establecer actividades pedagógicas para atender a los educandos;
  10. Organizar y calendarizar 8 sesiones del CTE para determinar los avances del aprendizaje, además de diseñar acciones que favorezcan la salud y el bienestar socioemocional de docentes y estudiantes;
  11. Organizar y realizar jornadas de limpieza;
  12. Las madres, padres y tutores familiares podrán optar por asistir o no a las clases presenciales,
  13. En el nivel Medio Superior, se comenzará el ciclo 2021-2022 una semana antes de finalizar Agosto 2021, calendarizando una semana para organizar las actividades de inicio de clases, y dos semanas más para llevar a cabo la recuperación y nivelación de aprendizajes no logrados;
  14. En el nivel Medio Superior se llevara a cabo la regularización del estudiantado que tenga necesidades académicas mediante la implementación de planes de trabajo que incluyan la aplicación de programas de valoración para las UAC´s no acreditadas;
  15. En el nivel Medio Superior se calendariza que del 1 al 17 de Septiembre de organizarán y llevarán a cabo cursos de nivelación e inducción;

Conclusiones:

Las Autoridades Educativas proponen un regreso a clases de manera ordenada y responsable, sin indicar los parámetros, indicaciones o estrategias para lograrlo, por lo que se deberá realizar un análisis de la Guía para el regreso responsable y ordenado a las escuelas; y se observa que no consideran las características de las regiones y las mismas escuelas, de las necesidades del estudiantado o del personal del plantel.   Imaginen establecer horarios de atención para una escuela primaria con una matrícula de 100 alumnos y alumnas, donde seleccionan a un grupo que ingresarán a las 7 am y saldrán a las 9 am, con una hora para sanitización y limpieza, y se dará servicio a otro grupo que ingresa a las 10 am y saldrán a las 12 am.  O a una escuela del nivel medio superior con una matrícula entre 2500 y 3500 alumnas y alumnos.

Las acciones para contener y mitigar el virus fueron concebidas, razonadas y aplicadas en casa, el personal docente no estará supervisando y vigilando la aplicación de las medidas sanitarias, ya que su deber es ofrecer el aprendizaje y desarrollo de los temas de los programas de estudio; por lo que la responsabilidad y cuidado recae en el alumnado.

Cómo se podría contener a un grupo de estudiantes en la edad adolescente que en su casa dicen: ¡Voy a clases!, y a la escuela no llegan; estos inconvenientes se presentarán por lo que podrá aumentar el abandono escolar, ya que no existirá un control de asistencia en las escuelas.

El papel de las madres, padres y tutores familiares se liberará para dar paso al sostenimiento económico de la familia, pero las consecuencias sanitarias serán compartidas entre la escuela y la familia, ya que no existe un cuidado individual del estudiantado.

EL trayecto entre el hogar y la escuela no estará supervisado o controlado por la madre, padre o tutor familiar; y en el caso de haber algún contagio entre el trayecto, se manifestará de 3 a 5 días posteriores, y se podría dar el caso de un contagio masivo si no es detectado a tiempo.

El personal de los planteles educativos no han diseñado o no están empleando tecnología, técnicas y estrategias que pudieran atenuar los índices de contagio, ya que las Autoridades Escolares y de Salud no se concebido estrategias para establecer escuelas seguras, y con ello difundir capacitaciones que influyan en la toma de decisiones para transformar la infraestructura escolar en lugares seguros con menores tasas de contagio.

Las Autoridades Escolares y de Salud no han destinado presupuesto para el mejoramiento de la infraestructura y dotar a los planteles de servicios básicos como luz o agua, y entregar insumos de limpieza.

Bibliografía

ACUERDO número 02/03/20 por el que se suspenden las clases en las escuelas de educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica del Sistema Educativo Nacional, así como aquellas de los tipos medio superior y superior dependientes de la Secretaría de Educación Pública. Localizada en el sitio: http://sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/19413/4/images/a02_03_20.pdf

ACUERDO número 03/03/20 por el que se suspenden los plazos y términos relacionados con los trámites y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante la Secretaría de Educación Pública. Localizado en el sitio: http://sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/19413/4/images/a03_03_20.pdf

ACUERDO número 06/03/20 por el que se amplía el periodo suspensivo del 27 de marzo al 30 de abril del año en curso y se modifica el diverso número 02/03/20 por el que se suspenden las clases en las escuelas de educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica del Sistema Educativo Nacional, así como aquellas de los tipos medio superior y superior dependientes de la Secretaría de Educación Pública.  Localizado en el sitio: http://sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/19413/4/images/a06_03_20.pdf

ACUERDO por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia. Localizado en el sitio: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590161&fecha=23/03/2020

ACUERDO número 07/04/20 por el que se modifica el diverso número 03/03/20 por el que se suspenden los plazos y términos relacionados con los trámites y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante la Secretaría de Educación Pública. Localizo en el sitio: http://sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/19413/4/images/a07_04_20.pdf

ACUERDO número 09/04/20 por el que se amplía el periodo suspensivo del 23 de marzo al 30 de mayo del año en curso y se modifica el diverso número 02/03/20 por el que se suspenden las clases en las escuelas de educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica del Sistema Educativo Nacional, así como aquellas de los tipos medio superior y superior dependientes de la Secretaría de Educación Pública. Localizado en http://sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/19413/4/images/a09_04_20.pdf

ACUERDO número 10/05/20 por el que se modifica el diverso número 03/03/20 por el que se suspenden los plazos y términos relacionados con los trámites y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante la Secretaría de Educación Pública. Localizado en el sitio: http://sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/19413/4/images/a10_05_20.pdf

ACUERDO número 11/06/20 por el que se modifica el diverso número 03/03/20 por el que se suspenden los plazos y términos relacionados con los trámites y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante la Secretaría de Educación Pública. Localizado en el sitio: http://sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/19413/4/images/a11_06_20.pdf

ACUERDO número 12/06/20 por el que se establecen diversas disposiciones para evaluar el ciclo escolar 2019-2020 y cumplir con los planes y programas de estudio de Educación Básica (preescolar, primaria y secundaria), Normal y demás para la formación de maestros de Educación Básica aplicables a toda la República, al igual que aquellos planes y programas de estudio del tipo Medio Superior que la Secretaría de Educación Pública haya emitido, en beneficio de los educandos. Localizado en el sitio: http://sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/19413/4/images/a12_06_20.pdf

ACUERDO por el que se establecen los Lineamientos para el intercambio de información oficial a través de correo electrónico institucional como medida complementaria de las acciones para el combate de la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19). Localizado en el sitio: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5591878&fecha=17/04/2020

ACUERDO número 14/07/20 por el que se reforma el diverso número 12/06/20 por el que se establecen diversas disposiciones para evaluar el ciclo escolar 2019-2020 y cumplir con los Planes y Programas de Estudio de Educación Básica (preescolar, primaria y secundaria), Normal y demás para la formación de maestros de Educación Básica aplicables a toda la República, al igual que aquellos Planes y Programas de Estudio del tipo Medio Superior que la Secretaría de Educación Pública haya emitido, en beneficio de los educandos. Localizado en el sitio: http://sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/19413/2/images/a14_07_20.pdf

NOTA Aclaratoria al Acuerdo Número 14/07/20 por el que se reforma el diverso número 12/06/20 por el que se establecen diversas disposiciones para evaluar el ciclo escolar 2019-2020 y cumplir con los planes y programas de estudio de Educación Básica (preescolar, primaria y secundaria), Normal y demás para la formación de maestros de educación básica aplicables a toda la República, al igual que aquellos planes y programas de estudio del tipo Medio Superior que la Secretaría de Educación Pública haya emitido, en beneficio de los educandos, publicado en la edición vespertina de 3 de agosto de 2020.  Localizada en el sitio: http://sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/19413/4/images/a14_07_20_nota_aclaratoria.pdf

ACUERDO número 15/08/20 por el que se establecen los calendarios escolares para el ciclo lectivo 2020-2021, aplicables en toda la República para la educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica. Localizado en el sitio: http://sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/19413/2/images/a15_08_20.pdf

LINEAMIENTOS en materia de Austeridad Republicana de la Administración Pública Federal. Localizado en el sitio: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5600749&fecha=18/09/2020

ACUERDO número 26/12/20 por el que se establecen las orientaciones pedagógicas y los criterios para la evaluación del aprendizaje para la educación preescolar, primaria y secundaria en el periodo de contingencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) para el ciclo escolar 2020-2021. Localizado en el sitio: http://sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/19413/4/images/a26_12_20.pdf

ACUERDO número 05/02/21 por el que se modifica el diverso número 15/08/20 por el que se establecen los calendarios escolares para el ciclo lectivo 2020-2021, aplicables en toda la República para la educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica. Localizado en el sitio: http://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/21119/2/images/a05_02_21.pdf

ACUERDO número 13/06/21 por el que se modifica el diverso número 03/03/20 por el que se suspenden los plazos y términos relacionados con los trámites y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante la Secretaría de Educación Pública. Localizado en el sitio: http://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/21119/2/images/a13_06_21.pdf

ACUERDO número 15/06/21 por el que se establecen los calendarios escolares para el ciclo lectivo 2021-2022, aplicables en toda la República para la educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica.  Localizado en el sitio: http://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/21119/2/images/a15_06_21.pdf

ACUERDO número 16/06/21 por el que se regulan las acciones específicas y extraordinarias relativas a la conclusión del ciclo escolar 2020-2021, en beneficio de los educandos de preescolar, primaria y secundaria ante el periodo de contingencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19). Localizado en el sitio: http://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/21119/2/images/a16_06_21.pdf

ACUERDO por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2. Localizado en el sitio: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590914&fecha=31/03/2020

ACUERDO por el que se determinan los criterios para la administración de los recursos humanos en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal con el objeto de reducir el riesgo de contagio y dispersión del coronavirus SARS-CoV2. Localizado en el sitio: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5625339&fecha=30/07/2021

ACUERDO número 23/08/21 por el que se establecen diversas disposiciones para el desarrollo del ciclo escolar 2021-2022 y reanudar las actividades del servicio público educativo de forma presencial, responsable y ordenada, y dar cumplimiento a los planes y programas de estudio de educación básica (preescolar, primaria y secundaria), normal y demás para la formación de maestros de educación básica aplicables a toda la República, al igual que aquellos planes y programas de estudio de los tipos medio superior y superior que la Secretaría de Educación Pública haya emitido, así como aquellos particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, en beneficio de las y los educandos.  Localizado en el sitio: http://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/21119/2/images/a23_08_21.pdf

ACUERDO por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias. Localizado en el sitio: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5593313&fecha=14/05/2020

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