ACUERDO número 27/10/21 por el que se modifica el diverso número 653 por el que se establece el Plan de Estudios del Bachillerato Tecnológico.
Comenzamos explorando el Acuerdo 653 que establece el plan de estudios del Bachillerato Tecnológico proponiendo al estudiantado una estructura curricular, que incluía la formación profesional, la propedéutica que apoya su transito al nivel superior, y el componente básico; organizada en seis semestres de tipo escolarizado y no escolarizado.
Para el desarrollo del componente profesional, se asignan módulos compuestos por dos o tres submódulos desde el segundo hasta el sexto semestre, que permitirán impartir de manera práctica y con muy poca teoría, la preparación técnica para su inserción al campo laboral. En el documento tambien se detallan 12 asignaturas consideradas como requisito para reunir una cantidad de créditos y horas para cumplir con lo legalmente estipulado el las Normas de Control Escolar aplicables a los planteles oficiales de Educación Media Superior dependientes de la SEP para obtener el certificado de estudios para las áreas Físico – Matemáticas, Económico – Administrativa, Químico – Biológica y Humanidades – Ciencias Sociales para la propedéutica; y por último el componente básico integrado por 20 asignaturas consideradas como indispensables en su aprendizaje conforme a los planes de estudio vigentes, articulandose entre la educación básica y la superior.
Ahora bien, en el mes de Octubre 2021, la SEP a través de su titular, emite la modificación a este Acuerdo considerando la disminución a 19 asignaturas del compomente básico, la inserción de la Lectura Expresión Oral y Escrita del primer semestre al componente profesional; y la incorporación de un nuevo componente llamado «de formación ampliado», desarrollando en los jovenes [[la responsabilidad social, el cuidado físico corporal y el bienestar emocional afectivo, mediante experiencias significativas de trascendencia social y personal que propician cambios biopsicosocioculturales y en los ambientes escolares y comunitarios]], siempre y cuando las condiciones operativas y presupuestarias existan para habilitarlo, y se organizarán en actvidades o cursos con recursos existentes y con base a las características y necesidades de la población escolar, privilegiando la diversidad educativa.


